El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía acaba de fallar a favor del reconocimiento del derecho a la Objeción de Conciencia de los farmacéuticos en la dispensación de fármacos, tras el recurso presentado por uno de ellos, activo impulsor de ANDOC (Asociación Nacional de Objeción de Conciencia).
EL TSJA asume que, a título particular, los boticarios pueden acogerse a la Objeción de Conciencia; aunque rechaza el recurso contra la orden que obliga a tener existencias de la llamada "píldora del día después" o los preservativos en la oficina de Farmacia, sentencia que el derecho a la Objeción de Conciencia en la profesión Farmacéutica existe, es legal y el que se declare Objetor no estará obligado a tener ninguno de dichos productos, ni mucho menos podrá ser sancionado, economicamente o de cualquier otra forma.
Además, los Colegios de Farmacéuticos tienen obligación de defender a los Objetores. Queda determinar cómo se declarará la Objeción, que seguramente será por escrito en los Colegios profesionales.
La noticia en IDEAL de Granada.
EL TSJA asume que, a título particular, los boticarios pueden acogerse a la Objeción de Conciencia; aunque rechaza el recurso contra la orden que obliga a tener existencias de la llamada "píldora del día después" o los preservativos en la oficina de Farmacia, sentencia que el derecho a la Objeción de Conciencia en la profesión Farmacéutica existe, es legal y el que se declare Objetor no estará obligado a tener ninguno de dichos productos, ni mucho menos podrá ser sancionado, economicamente o de cualquier otra forma.
Además, los Colegios de Farmacéuticos tienen obligación de defender a los Objetores. Queda determinar cómo se declarará la Objeción, que seguramente será por escrito en los Colegios profesionales.
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