Por Jaime Rodríguez-Arana, en La Gaceta de los Negocios, 10 de septiembre de 2009
En un sistema democrático cada uno debe poder pensar lo que le venga en gana.
Los derechos fundamentales de la persona son reconocidos y garantizados por el Ordenamiento jurídico. Son uno de los elementos centrales del Estado de Derecho. Su protección jurídica constituye, qué duda cabe, una de las grandes conquistas del pensamiento democrático. La Constitución no los crea ni los genera, los reconoce, asegura y protege. Estos derechos no los confieren los políticos, no los regalan los gobernantes. Son de titularidad personal.
El Estado de Derecho se diseñó, entre otras cosas, para que el ciudadano pueda disponer de un ámbito de libre desarrollo inmune a las injerencias estatales.
En un sistema democrático cada uno debe poder pensar lo que le venga en gana y debe poder actuar coherentemente con su criterio siempre que no atente contra los derechos de los demás o el orden público. Desde luego en temas de conciencia esto es bastante claro. Nos referimos, insisto, a asuntos graves, a cuestiones que configuran el modo de ser, de estar en el mundo, no a cuestiones de orden menor. Si, por ejemplo, a un médico que pretende salvar y curar a los pacientes, se le obligara a practicar eutanasias o abortos en contra de sus convicciones, se estaría violentando su libertad de pensamiento, su libertad ideológica.
Lee el artículo completo
En este caso, los ordenamientos jurídicos, para lesiones de derechos fundamentales de la persona, establecen un sistema de protección judicial y también el ejercicio de la objeción de conciencia. La objeción de conciencia es, por tanto, un derecho fundamental de la persona a ser en general y en concreto libre, a pensar y actuar de acuerdo con sus principios. Si sólo se protegiera la libertad de pensamiento y no sus consecuencias lógicas, se estarían desgajando dos partes de la libertad que en si mismas son inescindibles.
No reconocer la objeción de conciencia es no reconocer la primacía de los derechos fundamentales.
En España, el Tribunal Constitucional ha reconocido el derecho a la objeción de conciencia así los códigos deontológicos de numerosas profesiones. Es lógico porque, de lo contrario, la efectividad de los derechos fundamentales sería una quimera y se estaría permitiendo que el poder pueda avasallar la conciencia de cualquier ciudadano en asuntos graves.
Un gobierno obsesionado por evitar la objeción de conciencia es un gobierno autoritario al que molesta sobremanera el ejercicio de la libertad. Es un gobierno que piensa que los ciudadanos son mansos borreguitos que deben obedecer ciegamente los dictados que vienen de la cúpula. En España, mal que nos pese, tenemos en este momento un gobierno que, en algunos temas, incumple numerosos mandatos constitucionales. Es un gobierno que no promueve la libertad (art. 9.2), que no respeta el libre desarrollo de la personalidad de todos los españoles (art. 10.1) y, fundamentalmente, es un gobierno que ha vaciado de contenido, por utilizar una expresión suave, el mandato constitucional de “tener en cuenta las creencias de los españoles”, tal y como señala el párrafo tercero del artículo 16 constitucional. ¿O es que tener en cuenta las creencias de los españoles, como la Constitución manda a los poderes públicos, es eliminar los símbolos religiosos de los espacios públicos, obligar a los médicos a practicar abortos, impedir la libertad educativa evitando que los padres puedan elegir el colegio de sus convicciones para sus hijos, desnaturalizar una institución social tan relevante como el matrimonio u obligar a los farmacéuticos a dispensar píldoras del día después?
Si esta es la manera en que los poderes públicos tienen en cuenta las creencias de los españoles, entonces, como suele decirse: “Apaga y vámonos”. Insisto, la Constitución reconoce y asegura el ejercicio de los derechos fundamentales a todos los españoles. A eso debe dedicarse cualquier gobierno democrático. Entre nosotros, ahora, por la razón que sea, tenemos un gobierno empeñado en agredir a una mayoría importante de ciudadanos. Al menos, al 50% de la población. ¿Por qué será?
En un sistema democrático cada uno debe poder pensar lo que le venga en gana.

El Estado de Derecho se diseñó, entre otras cosas, para que el ciudadano pueda disponer de un ámbito de libre desarrollo inmune a las injerencias estatales.
En un sistema democrático cada uno debe poder pensar lo que le venga en gana y debe poder actuar coherentemente con su criterio siempre que no atente contra los derechos de los demás o el orden público. Desde luego en temas de conciencia esto es bastante claro. Nos referimos, insisto, a asuntos graves, a cuestiones que configuran el modo de ser, de estar en el mundo, no a cuestiones de orden menor. Si, por ejemplo, a un médico que pretende salvar y curar a los pacientes, se le obligara a practicar eutanasias o abortos en contra de sus convicciones, se estaría violentando su libertad de pensamiento, su libertad ideológica.
Lee el artículo completo
En este caso, los ordenamientos jurídicos, para lesiones de derechos fundamentales de la persona, establecen un sistema de protección judicial y también el ejercicio de la objeción de conciencia. La objeción de conciencia es, por tanto, un derecho fundamental de la persona a ser en general y en concreto libre, a pensar y actuar de acuerdo con sus principios. Si sólo se protegiera la libertad de pensamiento y no sus consecuencias lógicas, se estarían desgajando dos partes de la libertad que en si mismas son inescindibles.
No reconocer la objeción de conciencia es no reconocer la primacía de los derechos fundamentales.
En España, el Tribunal Constitucional ha reconocido el derecho a la objeción de conciencia así los códigos deontológicos de numerosas profesiones. Es lógico porque, de lo contrario, la efectividad de los derechos fundamentales sería una quimera y se estaría permitiendo que el poder pueda avasallar la conciencia de cualquier ciudadano en asuntos graves.
Un gobierno obsesionado por evitar la objeción de conciencia es un gobierno autoritario al que molesta sobremanera el ejercicio de la libertad. Es un gobierno que piensa que los ciudadanos son mansos borreguitos que deben obedecer ciegamente los dictados que vienen de la cúpula. En España, mal que nos pese, tenemos en este momento un gobierno que, en algunos temas, incumple numerosos mandatos constitucionales. Es un gobierno que no promueve la libertad (art. 9.2), que no respeta el libre desarrollo de la personalidad de todos los españoles (art. 10.1) y, fundamentalmente, es un gobierno que ha vaciado de contenido, por utilizar una expresión suave, el mandato constitucional de “tener en cuenta las creencias de los españoles”, tal y como señala el párrafo tercero del artículo 16 constitucional. ¿O es que tener en cuenta las creencias de los españoles, como la Constitución manda a los poderes públicos, es eliminar los símbolos religiosos de los espacios públicos, obligar a los médicos a practicar abortos, impedir la libertad educativa evitando que los padres puedan elegir el colegio de sus convicciones para sus hijos, desnaturalizar una institución social tan relevante como el matrimonio u obligar a los farmacéuticos a dispensar píldoras del día después?
Si esta es la manera en que los poderes públicos tienen en cuenta las creencias de los españoles, entonces, como suele decirse: “Apaga y vámonos”. Insisto, la Constitución reconoce y asegura el ejercicio de los derechos fundamentales a todos los españoles. A eso debe dedicarse cualquier gobierno democrático. Entre nosotros, ahora, por la razón que sea, tenemos un gobierno empeñado en agredir a una mayoría importante de ciudadanos. Al menos, al 50% de la población. ¿Por qué será?
Comentarios