... de Andalucía, editorial en los diarios del Grupo Joly, 12 de noviembre de 2009
EL Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha propinado un nuevo revés a la política educativa del Gobierno andaluz, en concreto a su empecinado intento de imponer la enseñanza mixta. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal ha suspendido de manera cautelar la orden de la Consejería de Educación que obligaba a los centros concertados a no segregar por sexo a sus alumnos a partir del curso próximo si quieren seguir beneficiándose de los fondos públicos. En realidad, esta orden iba a entrar en vigor ya en este curso, pero la Junta aceptó conceder una moratoria a fin de que los colegios afectados tuvieran tiempo de adaptarse a esta normativa. No obstante, diversos centros concertados, la organización que agrupa a los empresarios de la enseñanza privada y la federación de padres católicos, recurrieron la orden. El TSJA no entra en el fondo de la cuestión, pero asume la suspensión de la orden hasta que haya sentencia firme, argumentando que si ésta fuese al final favorable a los recurrentes resultaría ineficaz, ya que se habrían producido efectos perjudiciales para los alumnos. De todos modos, lo más probable es que la Justicia, cuando dicte la última palabra de este contencioso, termine dando la razón a los demandantes, que se amparan en la libertad de enseñanza y la libertad de elección de los padres sobre la educación que quieren para sus hijos. Es lógico que la Consejería de Educación defienda el modelo de educación mixta, con alumnos y alumnas juntos, al creerlo inseparable de la enseñanza pública, pero no por ello está legitimada para discriminar a los colegios que apuestan por una educación diferenciada, por motivos religiosos, morales o de otro tipo, que deben recibir el mismo trato que los centros de carácter público. De hecho en la comunidad educativa se vuelve a debatir si es pedagógicamente más efectivo y completo el modelo mixto o el diferenciado, pero, por encima de todo, ha de garantizarse la libertad de los padres que consagra la Constitución, libertad que afecta a los contenidos, a la personalidad de los enseñantes y a la separación o no de los alumnos en función de su sexo. La Junta debería aprenderlo.
EL Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha propinado un nuevo revés a la política educativa del Gobierno andaluz, en concreto a su empecinado intento de imponer la enseñanza mixta. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal ha suspendido de manera cautelar la orden de la Consejería de Educación que obligaba a los centros concertados a no segregar por sexo a sus alumnos a partir del curso próximo si quieren seguir beneficiándose de los fondos públicos. En realidad, esta orden iba a entrar en vigor ya en este curso, pero la Junta aceptó conceder una moratoria a fin de que los colegios afectados tuvieran tiempo de adaptarse a esta normativa. No obstante, diversos centros concertados, la organización que agrupa a los empresarios de la enseñanza privada y la federación de padres católicos, recurrieron la orden. El TSJA no entra en el fondo de la cuestión, pero asume la suspensión de la orden hasta que haya sentencia firme, argumentando que si ésta fuese al final favorable a los recurrentes resultaría ineficaz, ya que se habrían producido efectos perjudiciales para los alumnos. De todos modos, lo más probable es que la Justicia, cuando dicte la última palabra de este contencioso, termine dando la razón a los demandantes, que se amparan en la libertad de enseñanza y la libertad de elección de los padres sobre la educación que quieren para sus hijos. Es lógico que la Consejería de Educación defienda el modelo de educación mixta, con alumnos y alumnas juntos, al creerlo inseparable de la enseñanza pública, pero no por ello está legitimada para discriminar a los colegios que apuestan por una educación diferenciada, por motivos religiosos, morales o de otro tipo, que deben recibir el mismo trato que los centros de carácter público. De hecho en la comunidad educativa se vuelve a debatir si es pedagógicamente más efectivo y completo el modelo mixto o el diferenciado, pero, por encima de todo, ha de garantizarse la libertad de los padres que consagra la Constitución, libertad que afecta a los contenidos, a la personalidad de los enseñantes y a la separación o no de los alumnos en función de su sexo. La Junta debería aprenderlo.
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