
Dos recientes sentencias del Tribunal Supremo sientan la legalidad de la discriminación; pero no la discriminación por sexo que supuestamente ejercen los centros de educación diferenciada, que no existe, sino la de los padres que, en ejercicio de su derecho-obligación de educar a sus hijos de acuerdo con sus convicciones, eligen libremente un modelo distinto del socialista y perfectamente útil desde el punto de vista pedagógico.
Un caso flagrante más de acoso a la libertad y a la justicia más elementales; de leyes injustas, es decir, de falsas leyes.
Así lo ha explicado ayer el Ministro del ramo:
MADRID, 22 Ago. (EUROPA PRESS) –
El ministro de Educación, Cultura y Deporte, José Ignacio Wert, ha defendido este miércoles, tras conocer que el Tribunal Supremo ha rechazado el concierto educativo a dos centros que separan a los alumnos por sexo, que “si no hay discriminación en función de esa educación diferenciada, no puede haber discriminación en cuanto a la aportación de fondos públicos”.
En un comunicado, el ministro ha indicado que, “como es natural” las sentencias del Alto Tribunal deben ser “respetadas y acatadas” por el Gobierno. No obstante, ha recordado que España ha firmado un tratado de la UNESCO contra la discriminación en la enseñanza, “en el que se sostiene que la educación diferenciada, siempre y cuando no suponga una desigualdad de oportunidades para chicos y chicas, no supone una forma de discriminación”.
“Ésta es la cuestión principal porque, si no hay discriminación en función de esa educación diferenciada, no puede haber discriminación en cuento a la aportación de fondos públicos. Yo creo que este es el asunto que tenemos que examinar y sobre el que habrá que debatir”, ha concluido.
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