Excelente noticia para todos los locos que aún creemos en la libertad de educación: La Justicia ratifica el derecho de los colegios de educación diferenciada a la financiación pública.
Cierto: el Tribunal Superior de Justicia de Asturias declara nula y revoca la decisión del Gobierno regional de denegar el concierto a los colegios Los Robles y Peñamayor. Las dos sentencias, las primeras desde que entró en vigor la LOE, determinan que esta Ley no excluye a la diferenciada de la financiación pública.
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha dictado dos sentencias en las que ratifica el derecho de los colegios de educación diferenciada a la financiación pública y determina que la Ley Orgánica de Educación (LOE) de 2006 no excluye a este modelo pedagógico de los conciertos educativos. Se trata de las primeras sentencias que, en el marco de la LOE, destacan la plena legitimidad de la educación diferenciada.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias declara, de este modo, nulas las resoluciones del Gobierno del Principado por las que se denegó a los colegios de Fomento de Centros de Enseñanza Peñamayor y Los Robles la renovación del concierto por ser centros de educación diferenciada. Ambos colegios están adscritos a la CECE en Asturias.
El Tribunal reitera en sus sentencias “la plena constitucionalidad” de la educación diferenciada, subrayando que su legitimidad no debe discutirse “dada la multitud de resoluciones que así lo vienen a reconocer”.
Del mismo modo, las sentencias destacan que la LOE “no excluye” este modelo pedagógico y recuerdan que tiene el aval de organismos internacionales como la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).
Por otra parte, el Tribunal Superior de Justicia hace especial hincapié en que la educación diferenciada “no implica, por sí sola, discriminación alguna”, y que resulta manifiesto que “no existe una normativa que impida a dichos centros concurrir al régimen de conciertos”.
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Cierto: el Tribunal Superior de Justicia de Asturias declara nula y revoca la decisión del Gobierno regional de denegar el concierto a los colegios Los Robles y Peñamayor. Las dos sentencias, las primeras desde que entró en vigor la LOE, determinan que esta Ley no excluye a la diferenciada de la financiación pública.
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha dictado dos sentencias en las que ratifica el derecho de los colegios de educación diferenciada a la financiación pública y determina que la Ley Orgánica de Educación (LOE) de 2006 no excluye a este modelo pedagógico de los conciertos educativos. Se trata de las primeras sentencias que, en el marco de la LOE, destacan la plena legitimidad de la educación diferenciada.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias declara, de este modo, nulas las resoluciones del Gobierno del Principado por las que se denegó a los colegios de Fomento de Centros de Enseñanza Peñamayor y Los Robles la renovación del concierto por ser centros de educación diferenciada. Ambos colegios están adscritos a la CECE en Asturias.
El Tribunal reitera en sus sentencias “la plena constitucionalidad” de la educación diferenciada, subrayando que su legitimidad no debe discutirse “dada la multitud de resoluciones que así lo vienen a reconocer”.
Del mismo modo, las sentencias destacan que la LOE “no excluye” este modelo pedagógico y recuerdan que tiene el aval de organismos internacionales como la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).
Por otra parte, el Tribunal Superior de Justicia hace especial hincapié en que la educación diferenciada “no implica, por sí sola, discriminación alguna”, y que resulta manifiesto que “no existe una normativa que impida a dichos centros concurrir al régimen de conciertos”.
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