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¿Derecho a abortar?

Parece que la sociedad española, en lugar de sumarse al desconcierto ideologizado que trivializa las dos vertientes de un acontecimiento capital en la existencia del hombre, reflexiona por fin y se pronuncia en defensa de la vida del ser humano no nacido, de la situación de la mujer ante un embarazo inesperado e incluso ante el reconocimiento del papel del padre en esa situación, y se pronuncia incluso directamente invadiendo las calles de Madrid.
Artículo de José Gabaldón, Vicepresidente Emérito del Tribunal Constitucional, en ABC, 9 de diciembre de 2009

No hay ningún tratado internacional suscrito por España en el que aparezca el aborto como un derecho
Entrevista de Análisis digital a Rafael Navarro Valls, catedrático y académico numerario y secretario general de la Real Academia de Jurisprudencia 15/12/2009.

El Proyecto de Ley Orgánica de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo —“del aborto”—, está resultando ser el más debatido de nuestra democracia, por lo que no es difícil caer en el apasionamiento de uno u otro signo. Es precisamente lo que se ha tratado de evitar en este trabajo, de alcance estrictamente jurídico.

El texto del proyecto de Ley adolece de graves deficiencias técnicas, lo que le impide lograr sus objetivos. Si el primero de ellos es “adecuar nuestro marco normativo al consenso de la comunidad internacional en esta materia” —como dice la Exposición de Motivos—, no hallamos sin embargo un solo Tratado internacional suscrito por España en que se contemple el “derecho al aborto”, sino más bien todo lo contrario: proclaman el derecho de todos a la vida, la protección de la infancia desde a concepción y la especial ayuda a las personas con discapacidad, no su eliminación.
Análisis jurídico del Proyecto de Ley del aborto

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