Ir al contenido principal

Constitución sí, Constitución no.

foto atarifa CC
Poco antes de acabar el año, pude asistir a un acto del Club de la Constitución de Granada, a los que amablemente me invitan. Esta vez fue un jueves y pude organizarme. Se trataba de un acto en conmemoración del XXXIX aniversario de la promulgación de la Constitución Española y de homenaje a los parlamentarios constituyentes por Granada.

Mi relación con el club viene por amistad con varios de sus miembros y promotores. No tengo un entusiasmo particular por nuestra actual Carta Magna; pero tampoco los miembros de este club están atados a un texto concreto. Les une, y eso me gusta, el espíritu de diálogo e interés por el bien común que se puso de manifiesto hasta lograr no la mejor solución, sino una solución ampliamente consensuada, que nos ha permitido vivir en paz durante otros cuarenta años. Ochenta y dos años de estabilidad fundamental son un logro del que podemos estar orgullosos, que conviene valorar en su justa medida y proteger de aventuras infantiloides.

Por esto, y otras cosas, estuve el 21 de diciembre en el noble salón de actos de del Real Colegio San Bartolomé y Santiago de Granada; seguramente el decano de los Colegios Mayores de España.

Otro aliciente consistió en la posibilidad de leer alguno de los artículos de la Constitución. Es una ley tan importante y debatida como poco leída. Desfilaron tanto artículos importantes como de relleno, desde el 2 de la indisoluble unidad de la Nación española, hasta el 45 del medio ambiente, pasando por otros con elementos claramente desfasados (¿incumplidos?) como el 30 sobre el servicio militar. Naturalmente, hubo empujones para leer el 155; aunque nadie cayó en la posibilidad de recitar el 143, puesto muy de moda ahora por los promotores de Tabarnia.

Yo propuse leer uno de tres artículos, el 15, el 16 y el 27, por las razones que apunto a continuación, y que deduciría fácilmente cualquier seguidor de este blog.

Acabé leyendo el artículo 15:

"Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra".

Naturalmente, quería resaltar que el derecho a la vida es el primero de los derechos, y en especial el "Todos" con que empieza. Es una clara muestra de cómo un texto legal puede ser violentado por la acción política, social y judicial, pues hoy está admitido -por el aborto y la eutanasia- que no "todos" tenemos derecho a la vida; es más, nadie lo tiene en "todas" las circunstancias, a pesar de la abolición de la pena de muerte y sin necesidad de entrar en el caso de los "tiempos de guerra". El argumento legal es útil e importante; pero no puede ser el único, porque cuando interesa, bien que se obvia.

Me interesé también por el artículo 16:

"1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.
2. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.
3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones".

Es el pórtico del actual debate entre el laicismo y la laicidad positiva; entre libertad y estatalismo, en el fondo. Quería destacar un aspecto conocido pero poco comprendido y olvidado en la práctica: que los sujetos de los derechos de libertad religiosa e ideológica son -como los de todos los derechos- las personas individuales. Aunque el Estado y las confesiones religiosas o los partidos políticos, por ejemplo, sean los interlocutores habituales, por efectividad.

En el artículo 27 se me adelantó un antiguo dirigente sindicalista, lo que tiene traca, porque precisamente quería destacar la libertad de enseñanza, tantas veces ninguneada so capa de una abusiva aplicación del derecho a la educación:

1. Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.
3. Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.
4. La enseñanza básica es obligatoria y gratuita.
5. Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes.
6. Se reconoce a las personas físicas y jurídicas la libertad de creación de centros docentes, dentro del respeto a los principios constitucionales.
7. Los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos intervendrán en el control y gestión de todos los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos, en los términos que la ley establezca.
8. Los poderes públicos inspeccionarán y homologarán el sistema educativo para garantizar el cumplimiento de las leyes.
9. Los poderes públicos ayudarán a los centros docentes que reúnan los requisitos que la ley establezca.
10. Se reconoce la autonomía de las Universidades, en los términos que la ley establezca.

En fin. Nadie puede negar la flexibilidad del texto constitucional, cuando interesa torcer incluso tenores literales y claros. Así que no está para ser idealizada, y cambiarla tampoco sirve para garantizar ningún cumplimiento. La batalla sigue estando en el corazón de la sociedad de cada momento. Las leyes mueren por falta de ejercicio; la vida siempre va por delante. Por esto pienso que que la clave está en participar y en hacerlo con espíritu conciliador; para lo que son necesarias las convicciones; aunque parezca paradójico. No se puede construir un edificio con materiales de derribo, ni abrazar una sociedad cada vez más plural con un cinturón de hierro. Los consensos sociales hay que construirlos cada día y defenderlos con la vida, no en el sentido de morir o matar por ellos, sino en el de vivirlos.



Comentarios

Populares

San Pablo en Atenas

San Pablo en el Areópago Rafael Sanzio  (1515-1516 )   Londres, Victoria & Albert Museum He releído recientemente el discurso de San Pablo en el Areópago de Atenas * y me ha fascinado su actualidad: es un ejemplo plenamente útil para la comunicación de la fe en el Occidente contemporáneo. Atenas Atenas. Año 52 d.C. 16 o 19 años después de la muerte y resurrección de Cristo. Algo así como si estos hechos fundamentales hubieran ocurrido en 2000 y Pablo llegase a Atenas hoy. En realidad, menos tiempo, porque entonces todo iba mucho más despacio que ahora, y 17 años entonces eran un ayer. Atenas era una ciudad en decadencia . Aún conservaba el aura de capital cultural del Mundo; pero el centro de poder y cultura se había desplazado hacia el oeste, a Roma. Un ejemplo con todas sus limitaciones, como si habláramos hoy de París y Nueva York. En Atenas se mezcla un materialismo desencantado y un sincretismo religioso que resulta en un relativismo muy parecido al de ...

José Antonio Senovilla. Vicario del Opus Dei en Rusia (y Ucrania)

Conocí a José Antonio Senovilla cuando era el prototipo de lo que hoy se llama un emprendedor. Tenía proyectos para sí y para cualquiera que se le acercara. Muchas personas con espíritu emprendedor se le acercaban en busca de asesoramiento y encontraban, normalmente, aliento para ir más allá de lo que nunca soñaron. Luego trabajamos juntos unos cuantos años y comprobé en carnes propias su empuje y magnanimidad. Solo una persona de su magnanimidad y empuje podía ordenarse sacerdote entrado ya en años y marcharse a comenzar la labor estable del Opus Dei en Rusia. Así, sin saber ruso y, casi, sin saber ser cura. José Antonio merecía una entrevista, y así lo entendió el Diario Jaén , que le abrió una página entera en su Dominical del pasado domingo. Esto es lo que escribió: D. José Antonio (i) con un amigo sacerdote "En Jaén, la ciudad en la que nací y a la que vuelvo siempre que puedo, como ahora, aprendí de Rusia lo que habitualmente un niño alumno de los Maristas puede s...

La opinión pública: la espiral del silencio

Rescato un artículo publicado hace años (14 de abril de 2001) en diversos digitales -a raíz de una serie de conferencias que di por entonces-, porque me parece de actualidad y no lo tengo publicado en este blog (incomprensiblemente).  Este artículo está basado en algunas de las tesis de La espiral del silencio. Opinión pública: nuestra piel social (The Spiral of Silence. Public Opinion - Our Social Skin) de Elisabeth Noelle-Neumann (Paidós. Barcelona. 1995).  Pretende dar algunas claves de porqué defiendo que para influir en la sociedad, hay que configurar la opinión pública, y hacerlo a través de los medios de comunicación social .  Opinión pública Existen muchas definiciones de opinión pública . Se trata de un concepto tan discutido como real es el fenómeno al que se refiere. Me gusta particularmente cómo la definió el Papa Juan Pablo II , en un Mensaje de 1986, porque comprende todos los aspectos importantes:  Qué es : "La opinión pública consiste en el modo com...